LA DILIGENCIA PERIODÍSTICA CUESTIONADA

Una información que tiene “relevancia pública o interés general, cumple el requisito de la veracidad, no utiliza expresiones injuriosas, vejatorias o desproporcionadas con el fin informativo y, por tanto, no se puede considerar que se haya producido una intromisión ilegítima sobre el derecho al honor”. Así lo que recoge la sentencia, según publica El Mundo el 5 de enero de 2013, en relación con la noticia que este diario lanza sobre Domingo Chamorro, exdelegado provincial de la Junta de Andalucía y exalcalde socialista de Los Palacios (Sevilla).

Chamorro pedía 300.000 euros a este diario por publicar que la Consejería de Agricultura le adjudicó un puesto de libre designación sin tener el título, recuerda el periódico, el cual indica también que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Sanlúcar la Mayor desestimó la demanda del exdelegado de Agricultura contra el director de El Mundo de Andalucía, Francisco Rosell, y la periodista Silvia Moreno.

Bajo el titular La juez falla contra el exdelegado sin título que pedía 300.000 euros a El Mundo, se apunta que, como ya informase el diario en cuestión, “Chamorro fue nombrado por la Junta director de la Oficina Comarcal Agraria de Sanlúcar la Mayor, un puesto de libre designación para el que se requería ser funcionario, tener tres años de experiencia y pertenecer al grupo A1 o A2”.  Sin embargo, continúa la información, “Chamorro pertenece al grupo C-20, desempeñando funciones de monitor de extensión agraria”.

Finalmente, la Justicia da la razón a la periodista, cuya diligencia fue cuestionada por Chamorro, subrayando la juez que “hubo una investigación previa, los hechos y datos publicados han sido contrastados y su veracidad no se ha discutido”, recoge El Mundo.

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Author: Blog Cima Málaga